Para controlar o implementar de manera efectiva una directiva de aeronavegabilidad (AD), hay términos cuya naturaleza, significado y/o propósito debemos entender.
En primer lugar, es importante tener en cuenta que se emite una directiva para abordar una condición insegura en la aeronave u otro producto aeronáutico que comprometa la aeronavegabilidad. El incumplimiento de esta directiva supone una violación de la norma. Por lo general, hay dos tipos:
Estos conceptos nos ayudan a comprender el motivo de una AD, incluida la razón por la que algunos llevan la etiqueta de cumplimiento inmediato («antes de continuar el vuelo») y otros permiten a los operadores planificar el tiempo de inactividad de las aeronaves para cumplir con la directiva. Otro punto crucial es que un AD suele contar con el respaldo de un boletín de servicio (SB) para sus acciones de mantenimiento.
Además, es esencial reconocer que la aplicabilidad de un AD se extiende a los productos que no están en condiciones de volar o no están instalados en una aeronave, como los componentes en stock, talleres, talleres, etc. Por lo tanto, se debe prestar especial atención al control del AD que afecta a las unidades reemplazables en línea (LRU) para evitar incorporarlas a la flota, especialmente cuando la acción AD implica la eliminación del equipo o una inversión monetaria significativa en la configuración o el mantenimiento que podría generar gastos adicionales e innecesarios para la organización.
Ahora, ahondemos en términos específicos que son estándar en la industria, incluso cuando se trata de diferentes autoridades, como la FAA y la EASA:
Por ejemplo, en la imagen, un anuncio impreso de la FAA incluye instrucciones de solicitud en uno de sus párrafos. En este ejemplo, el párrafo (g) (1) entra en vigor a partir de la fecha de entrada en vigor de la directiva (hay casos en los que un AD hace referencia a la entrada en vigor a partir de otro; debemos prestar atención a estos detalles).
Por ejemplo, en la imagen, un anuncio de la FAA con instrucciones de aplicación en uno de sus párrafos, por ejemplo, el párrafo (g) (1) de la fecha de entrada en vigor de la directiva (hay casos en los que un AD hace referencia a que entra en vigor desde otro, debemos prestar atención a estos detalles).
Tras revisar los términos estándar para el control aneronautico, podemos visualizar los elementos que encontraríamos en un informe de estado aeronautico o en un control del estado de la directiva de aeronavegabilidad de un producto aeronáutico.
En la imagen de arriba, podemos encontrar varios formatos en la industria; el que se muestra es un ejemplo propuesto por el software aeronáutico SOMA (www.somasoftware.com para obtener más información). El aspecto crucial es el contenido, y es importante interpretar cualquier informe que se encuentre al revisar una aeronave u otro producto aeronáutico. Además, si eres responsable de actualizar un informe de este tipo al incorporar un nuevo AD, es importante que seas detallado y cumplas con la normativa estándar y local. Recomiendo especialmente leer el artículo 14 del CFR, parte 39, AC 39-7D, así como la sección local sobre AD.
Con esto, concluyo mi publicación, con la esperanza de haber contribuido un poco a que nuestra comunidad comprenda el extenso mundo del control de las directivas de aeronavegabilidad.